Por unanimidad de votos de los Magistrados del Segundo tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Décimo Segundo de Circuito, este 20 de junio de 2024, en sesión ordinaria, quedó resuelto totalmente el Amparo en Revisión con número de expediente 564/2023, promovido por el exalcalde.
Cabe señalar que el asunto se originó por el recurso de revisión promovido por Estrada Ferreiro en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo indirecto de expediente 615/2022 del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Sinaloa, mediante la cual se resolvió en el juicio.
En dico amparo indirecto, Jesús Estrada Ferreiro impugnó la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como diversos actos emitidos por el Congreso del Estado de Sinaloa como el desafuero, actos motivados por las carpetas de investigación de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, que culminaron en la separación del cargo de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Culiacán.
Con esta sentencia, se confirma de manera definitiva la constitucionalidad de la Ley reclamada por Jesús Estrada Ferreiro y la legalidad y constitucionalidad de los actos que reclamó al H. Congreso del Estado.
Asimismo, con esta resolución quedan resueltos en su totalidad los amparos promovidos por Estrada Ferreiro con los cuales impugna los actos del H. Congreso del Estado de Sinaloa como el desafuero, por lo que serán los Tribunales en materia penal quienes con plenitud de jurisdicción determinen, en su momento procesal oportuno, lo que en derecho corresponda en las causas penales abiertas en las cuales tiene el carácter de imputado.