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08 de Noviembre del 2024
Política

Presentan sobresueldos funcionarios del ayuntamiento 2018

Presentan sobresueldos funcionarios del ayuntamiento 2018

Derivado del informe individual de la revisión y fiscalización de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal 2018 del municipio de Culiacán realizado por la Auditoría Superior del Estado de Sinaloa, se desprende que el presidente municipal, los regidores y síndico procurador recibieron por conceptos de igualas y pagos por riesgo laboral un monto de 5 millones, 603 mil pesos y 3 millones 810 mil pesos respectivamente.


Se presume un daño a la Hacienda Pública Municipal por haberse realizado con recursos del gasto corriente y no haberse incluido en los tabuladores de sueldos autorizados en el presupuesto de egresos 2018 y no haber incluido el certificado o constancia de incapacidad, la ASE solicita la promoción de responsabilidad administrativa para la que autoridad competente realice las investigaciones correspondientes; cabe señalar que los pagos corresponde a los meses de enero a diciembre de 2018.


Otro aspecto a destacar es en la revisión de las fuentes de pagos de pasivos, es decir de las deudas del municipio que tienen origen en transacciones financieras pasadas, al 31 de diciembre en Culiacán el monto asciende a $954 millones 159 mil, 952.75 pesos, que al verificar contra la fuente de pago, es decir el recurso público destinado en el presupuesto de egresos, 521 millones 559 mil 901.93 pesos que se adeudan no tiene el ayuntamiento la suficiencia financiera para pagarlos.


Este señalamiento de pasivos sin fuente de pago se viene arrastrando desde años anteriores en 2013 del municipio de Culiacán registró 229.4 millones de pesos; en tanto la siguiente administración generó 377.4 millones de pesos en 2015 y cerró su mandato en 502.8 millones en 2016, en 2017, el monto ascendió 523 millones 385 mil 302 pesos, es decir cerca de 2 millones más que el presente año.


El crecimiento de los pasivos de corto plazo sin fuente de pago es el resultado de adquirir compromisos de pago superiores a los ingresos, respetando el equilibrio presupuestal, establecido en los artículos 46 y 48 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Sinaloa; derivando está situación también en una responsabilidad administrativa en contra de los servidores públicos que durante su gestión incumplieron con las disposiciones legales aplicables.




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