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21 de Noviembre del 2024
DD. HH.

Reportan estable a menor de edad tras interrupción de embarazo

Reportan estable a menor de edad tras interrupción de embarazo

De forma adecuada, y sin presentarse ninguna complicación, esta madrugada concluyó el procedimiento de interrupción del embarazo en una niña jalisciense de 12 años producto de violación. El procedimiento fue solicitado bajo los criterios de atención a la violencia contra las mujeres y violencia sexual previstos en la Norma Oficial Mexicana 046.


El pasado 12 de abril, familiares de la menor solicitaron la interrupción del embarazo en el Hospital Materno Infantil "Esperanza López Mateos" en Guadalajara, pero en se momento se le negó el procedimiento.

La menor de edad fue atendida en la Ciudad de México debido a que la autoridad argumentó que no contaba con el personal capacitado para el número de semanas de gestación, la menor se encontraba entre 25 y 27 semanas, es decir al inicio del tercer trimestre del embarazo. Hasta el momento la niña se encuentra estable y en recuperación. 

¿Qué dice la NOM 046 y el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco?

  • La Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 es una regulación emitida por la Secretaría de Salud de México que establece los criterios para la prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Esta norma tiene como objetivo principal garantizar el acceso de las mujeres a servicios médicos, legales y psicológicos especializados en caso de sufrir algún tipo de violencia.
  • En el caso del acceso al aborto por violación, establece que cualquier mujer o persona con capacidad de gestar, sin importar edad o dónde vida, puede acceder a este servicio de manera gratuita a través de los servicios públicos de salud sin necesidad de presentar una denuncia, lo cual era un requisito hasta el año 2016.
  • Las niñas y adolescentes mayores de 12 años, pueden solicitar y acceder a los servicios de aborto sin la obligatoriedad de contar con la autorización de su madre, padre o tutores.
  • Por otra parte, el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco que regula la interrupción del embarazo establece que "no es punible el aborto causado por la mujer embarazada cuando el embarazo sea resultado de una violación". 




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