Fue dado a conocer el decreto gubernamental sobre el desarrollo de la Segunda fase de la nueva convivencia frente al COVID-19 en el estado de Michoacán. En el planteamiento legal, el gobernador del estado Silvano Aureoles Conejo, manifiesta que a partir de este 11 de noviembre entrarán en vigor los nuevos hábitos y medidas sanitarias aplicadas a las actividades económicas en general.
Desde este miércoles 11 de noviembre, se permite la reapertura general con aforo del 50 al 75% dependiendo la capacidad de cada establecimiento, incluidos restaurantes, iglesias y bares.
Deberán contar con filtro de gel antibacterial, toma de temperatura al ingreso, uso obligatorio de cubrebocas, evitar contacto personal y recomendar a adultos mayores que no asistan.
En el caso de los bares, deberán limitarse a cerrar a la 23:00 horas operando únicamente de jueves a sábado, cerrando los domingos.
Empresas, oficinas y centros de trabajo deberán designar a un responsable que garantice la correcta implementación de las medidas sanitarias , establecer el protocolo para la instalación de filtros sanitarios y detección de signos de enfermedades respiratorias.
Realizar acciones de promoción de la salud enfocados en prevenir y controlar la propagación del COVID-19.
Reducir el contacto físico entre personas y la conglomeración en ambientes intramuros y extramuros.
Colocar tapetes desinfectantes con concentraciones de hipoclorito de sodio de al menos 0.5%
Dotar de productos sanitarios y equipo de protección personal a los trabajadores.
Establecer horarios alternativos para reducir el contacto entre personas.
Los tianguis, mercados y comercios deberán cumplir estrictamente con los protocolos emitidos por las autoridades sanitarias.
Continúan prohibidas las actividades no esenciales como Conciertos Masivos, Jaripeos, Fiestas patronales, peregrinaciones, Espectáculos, eventos deportivos y reuniones con más de 50 personas.
Los municipios con riesgo epidemiológico muy alto, serán exhortados a personalizar los accesos a las plazas públicas, reducir la capacidad de operaciones de establecimientos, cerrar plazas públicas y otras medidas que serán tomadas conforme a la situación.
Los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas son los guardianes de la salud, protección civil, ssp e instancias municipales.
El incumplimiento o resistencia a los establecido en el presente decreto derivará en amonestaciones con apercibimiento, multa de diez a treinta unidades de medidas y actualización , clausura temporal o definitiva parcial o total y arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.