Que las chatarrera acepten objetos robados también cometen un delito, este acto ilegal los puede llevar a alcanzar una pena de cárcel de 10 a 20 años de prisión por complicidad como lo marca el artículo 309 del Código Penal del Estado de Sonora, mientras que el artículo 308 BIS-E menciona que
"Los dependientes, colaboradores y propietarios de las casas de empeño, yonkes, recicladoras, empresas dedicadas a la compraventa de metales preciosos, cobre, acero y demás metales de valor; así como, establecimientos de cualquier tipo que reciban productos que sean canjeables por dinero, de los conocidos como tianguis y similares, deberán identificar plenamente a los deudores prendarios o vendedores y que comprueben la procedencia legítima de las prendas o artículos que reciban por medio de facturas o notas, cualquier comprobante fehaciente que demuestre que el objeto no es producto de una actividad ilícita"
Es decir, los comerciantes deben de solicitar los comprobantes de que los artículos no son robados, y esto es algo que las autoridades deben de poner atención
"Cuando un robo normal implica de un mes a nueve años, estamos viendo que el gobierno está poniendo penas más graves para quienes adquieran artículos robados."
El presidente de la Barra de Abogados, René Gonzalo Sierras, indicó que esto es tipificado como "delito de robo agravado" a lo que las investigaciones deben de ser de las prioridades para los Ministerios Públicos, ya que los robos están llegando a la complicidad con la compra de artículos robados, sobre todo en las chatarreras, como ocurrió con la localización de una campana antigua que data de 1910
"El dueño de la recicladora no puede negar que era un material robado, si lo descubrieron en una chatarrera el Ministerio Público debe de iniciar una carpeta de investigación para castigar al dueño, con independencia de cerrar el local"