El Congreso del Estado aprobó la ley del uso obligatorio del cubrebocas, la cual establece el arresto por 36 horas o una multa de mil 700 pesos a quien no lo utilice.
Dicha ley está contemplada dentro de la Ley cívica del estado y tiene como finalidad el reducir los contagios de COVID-19 en la entidad. En dicha modificación también se especifica que la sanción se puede aplicar a personas que no usen el gel antibacterial, que no respeten la sana distancia y que no se cubran la nariz y boca al estornudar.
Si el infractor o infractora es jornalera, obrera o trabajadora no podrá ser sancionada con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día; tratándose de personas trabajadoras no asalariadas, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.
En las mismas reformas se estipula que los ayuntamientos deberán difundir los programas necesarios a la población para que den a conocer de forma clara los mecanismos de prevención y autoprotección sanitarias.