La mutilación genital femenina (MGF) comprende todos los procedimientos consistentes en la resección parcial o total de los genitales externos femeninos, así como otras lesiones de los órganos genitales femeninos por motivos no médicos.
En la mayor parte de los casos, la MGF es realizada por circuncisores tradicionales que suelen tener otras funciones importantes en sus comunidades, tales como la asistencia al parto. En muchos lugares, los proveedores de asistencia sanitaria practican la mutilación genital femenina movidos por la errónea creencia de que el procedimiento es más seguro si se realiza en condiciones medicalizadas1. La OMS, sin embargo, exhorta vivamente a los profesionales de la salud a abstenerse de efectuar tales intervenciones.
La MGF es reconocida internacionalmente como una violación de los derechos humanos de las mujeres y niñas. Refleja una desigualdad entre los sexos muy arraigada, y constituye una forma extrema de discriminación de la mujer. Es practicada casi siempre en menores y constituye una violación de los derechos del niño. Asimismo, viola los derechos a la salud, la seguridad y la integridad física, el derecho a no ser sometido a torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y el derecho a la vida en los casos en que el procedimiento acaba produciendo la muerte
Este acto no tiene ningún beneficio para la salud, y daña a mujeres y niñas de muchas formas. Implica la escisión y lesión de tejido genital femenino sano y normal, e interfiere en las funciones naturales del cuerpo de las niñas y las mujeres. En términos generales, los riesgos de la MGF aumentan a medida que lo hace la gravedad del procedimiento (lo que en este caso equivale a la cantidad de tejido dañado), aunque todas las formas de MGF se asocian a un aumento de riesgos para la salud.