Desde agosto del 2018 quienes cometan el delito de sexting podrían recibir pena de prisión de uno a cinco años y multa de hasta 24 mil pesos, Sonora fue el primer estado en tipificar este delito que consiste en compartir imágenes eróticas-sexuales de otras personas sin su consentimiento, acción que provoca un daño moral irreparable en las víctimas, quienes pueden denunciar a las autoridades este hecho.
En el Artículo 167 BIS del Código Penal del Estado de Sonora se estipula que quien reciba u obtenga de una persona, imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido erótico, sexual o pornográfico y las revele o difunda sin su consentimiento y en perjuicio de su intimidad, se le impondrá de uno a cinco años de prisión y de 140 a 300 Unidades de Medida y Actualización.
Sin embargo lo más importante indicó el abogado Librado Navarro es evitar caer en acciones o conductas que resulten en un perjuicio personal, principalmente en los jóvenes que si bien ya difieren lo que es o no correcto no miden las consecuencias que sus actos pueden traer, ni quienes las envían como quienes las reciben y las distribuyen.