Del 1 al 20 de diciembre, las empresas están obligadas a entregar el pago del aguinaldo a sus empleados como una de las prestaciones de ley a las que tienen derecho a final de año, indicó Francisco Javier Mejía Cisneros.
El abogado en asuntos laborales dijo que se debe entregar como mínimo 15 días de salario por año trabajado y en caso de tener menos tiempo en el centro de trabajo, se calcula la parte proporcional para entregar a todos este derecho laboral.
"Entendemos que a veces puede haber casos en los cuales el empresario por distintas razones puede retrasarse y entonces ahí, yo creo que lo conveniente es diferenciar porqué razón el patrón se está atrasando y, obviamente, los trabajadores saben si es justificado o injustificado".
En caso de que no se entregue esta prestación a los trabajadores y no haya justificación razonable por parte de los patrones, los afectados pueden acudir a la inspección del trabajo después de tratar de dialogar con los jefes.
"La primera opción es platicar con su patrón y pedirle que cumpla con su prestación a la que él tiene derecho, es como pedirle el salario de la semana, lo primero que vas a hacer es ir a pedirlo, si no te lo dan o no te dan una explicación justa y correcta, pues lo segundo que pasas a hacer es ir a la inspección del trabajo".
Una vez que se interpone la queja ante la justicia laboral, se requiere al patrón que cumpla con este derecho al trabajador, y en el supuesto de negativa el empleado podrá terminar la relación laboral con la empresa y exigir pago por indemnización que representa tres meses de salario y la aportación de todas las prestaciones devengadas.