Son ilegales las medidas que aprobó el Cabildo de Hermosillo el pasado sábado 13 de junio de que se limite a los comercios no operar desde las 18:00 a 06:00 horas, mientras que puestos de comida y restaurantes ofrezcan solamente servicio a domicilio hasta las 22:00 horas, además que los ciudadanos tramiten un permiso de tránsito para circular en el municipio en ese horario para hacer una actividad esencial, puntualizó el vicepresidente de la Barra Sonorense de Abogados, Darbé López Mendívil.
"Claro que para restringir derechos se debe practicar un test de razonabilidad, los derechos de las personas están limitados por los derechos de todos, de los derechos de los demás, por la seguridad, por la justa exigencia por un bien común, así opera una sociedad en democracia, pero es no significa que las autoridades estén excluidas de fundamentar esas razones, de expresar bien cuáles son las disposiciones legales y cuáles son las justificaciones que los lleva a tomar una decisión que en ese caso restringe derechos y ocasiona severas molestias a las personas", dijo.
Señaló que el ciudadano en general que transite por las calles y comerciantes pueden interponer un recurso de inconformidad ante autoridades estatales para en caso de que sean multados por circular o vender productos después del horario no permitido ya que están violando sus derechos del libre tránsito y de comercio para que proceda a que el caso y se les llegue a retirar la sanción económica.