Al considerar que no se cumple con el espíritu de la Ley Olimpia en cuanto a la protección de los derechos de las mujeres contra la violencia digital y la protección de la intimidad sexual, además de abrir espacio para la censura, organizaciones a favor de los derechos de la mujer exigieron el retiro del dictamen que será sometido este viernes en el pleno del Congreso del Estado .
La impulsora de la "Ley Olimpia" y que ha sido aprobada en 22 entidades de la República Mexicana, Olimpia Coral Melo Cruz, dijo que esta iniciativa es peligrosa al crear un escenario para la aplicación de actos de censura, por lo que pidió a la gobernadora Claudia Pavlovich y a los diputados locales retirarla del orden del día.
"Este dictamen no representa las cusas de la lucha legítima de territorio, no es la Ley Olimpia, y aunque le llamen como le llamen podría representar una Ley Mordaza, es peligrosa y hacemos al llamado a la gobernadora en las facultades de que ella subió esta reforma a bajarla si es que tienen intenciones de que efectivamente va luchar por las mujeres y no con las mujeres, nada de nosotras y para nosotras, sin nosotras", comentó.
Por su parte, la también activista Frida Gómez explicó los puntos contenidos en el dictamen, los cuales contravienen el espíritu de la "Ley Olimpia", entre ellos el artículo 29 bis.
"Las palabras que literalmente utiliza es vulneración de datos, e información privada o cualquier otra, esto no es la Ley Olimpia, porque la Ley Olimpia lo que protege es la intimidad sexual de las personas, como podrán ver en esta propuesta en ningún momento se menciona la palabra sexual, lo cual deja abierto a que cualquier tipo de información que puedan considerar como privada, sea perseguida y sea sancionada hasta con seis años de prisión", agregó.
Por su parte, la organización Artículo 19, a través de un boletín, rechazó el contenido de este dictamen, señalando que el mismo permitiría la censura y eliminación indiscriminada de contenidos publicados en Internet.
El organismo precisa que la redacción actual del artículo 29 bis del dictamen castigan una gran cantidad de conductas de diverso contenido, con lo que se abre la puerta a la remoción de contenidos.
Agrega que también a través de su redacción, este dictamen otorgaría facultades al ministerio publico la capacidad de interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, en los casos donde las victimas consideren que existe daño moral, ello sin que existe ningún tipo de control judicial que acredite la necesidad, proporcionalidad y legitimidad de las acción.