A partir del mes de octubre los patrones estarán obligados a la implementación de acciones para proteger la salud física y emocional de sus trabajadores, garantizando la atención contra acciones que pueden ser causantes de estress.
Se trata de la nueva norma oficial mexicana 035, donde marca que a partir de octubre del año 2020 las pequeñas, medianas y grandes empresas, deberán dar atención a los factores de riesgo psicosociales que padece su personal, como el estrés laboral, ansiedad y desequilibrio del sueño, ello con la finalidad de ofrecer entornos laborales más favorables.
Con esta medida, las empresas no solamente deberán identificar estos causales, sino también ofrecer los esquemas de atención con medidas de prevención, acciones de control seguras y confidenciales.
Las empresas tendrán el resto del año 2019 para proceder con las acciones de identificaciones de estos causales, y a partir del año 2020, podrán ser sujetas a sanciones, ello en caso de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no logre documentar que estas cumplieron con estas acciones de atención.
De acuerdo a estudios realizados por el INEGI, se ha estimado que aproximadamente un 43 % de los mexicanos padece de estress laboral, mientras que un 33 % es considerado como adicto al trabajo.