La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo ha afirmado que las recientes modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, destinadas a otorgar seguridad social y derechos laborales a los trabajadores de plataformas digitales, buscan beneficiar a estos empleados sin provocar el cierre de empresas ni la eliminación de puestos de trabajo
En su conferencia de prensa, Sheinbaum aclaró que, para afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), no es obligatorio laborar ocho horas diarias, como se ha especulado. Explicó que el esquema de ingreso al IMSS varía según las horas trabajadas, y que las empresas deben cotizar en función de este tiempo para garantizar la seguridad social de sus empleados.
Estas reformas reconocen la naturaleza flexible y discontinua del trabajo en plataformas digitales, permitiendo a los trabajadores elegir el momento, tiempo, lugar y cantidad de aplicaciones en las que desean prestar servicios. Además, se establece que quienes generen ingresos netos mensuales equivalentes al menos a un salario mínimo mensual de la Ciudad de México serán considerados trabajadores formales, con derecho a prestaciones como seguridad social, aguinaldo, vacaciones y participación en las utilidades de la empresa.
En México, se estima que 658,000 trabajadores están empleados en plataformas digitales como Didi, Uber y Rappi, según datos de la Secretaría del Trabajo
Para acceder a estos derechos, los trabajadores deben alcanzar al menos un salario mínimo mensual, independientemente del tiempo efectivamente laborado. Aquellos que no alcancen esta percepción serán considerados trabajadores independientes, aunque conservarán ciertos derechos, como la protección contra accidentes durante el tiempo efectivo de trabajo.
Las empresas administradoras de plataformas digitales serán responsables de inscribir a sus trabajadores en el IMSS y de realizar las aportaciones correspondientes al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Asimismo, deberán proporcionar contratos claros y sin ambigüedades, entregar recibos de pago de manera semanal y garantizar el pago puntual a sus empleados.
En caso de despido, las plataformas podrán prescindir de un trabajador sin obligación de reinstalarlo, a menos que se trate de la violación de derechos colectivos, como la libertad de asociación, autonomía sindical, derecho de huelga y de contratación colectiva
Estas disposiciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2024, entrarán en vigor 180 días después de su publicación, otorgando un periodo de adaptación tanto para las empresas como para los trabajadores involucrados.
Sheinbaum enfatizó que cualquier duda respecto a estas reformas debe ser atendida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, entidad encargada de proporcionar información detallada y orientación sobre la implementación de las nuevas disposiciones legales