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19 de Diciembre del 2024

Sociales

Ejecutivo local debe supervisar cumplimiento en Protección Civil


De acuerdo con la Ley de Protección Civil del estado de Colima, el responsable principal de vigilar el cumplimiento de la misma y disminuir la exposición al riesgo en la población, es el gobernador del estado.

Después, en el orden de sus atribuciones, corresponde a los Ayuntamientos; al Consejo Estatal; a la Unidad Estatal de Protección Civil, a los Consejos Municipales; y a las unidades municipales.

El ahogamiento de turistas en zona de playa ha sido señalado como uno de los principales riesgos en la costa de Colima, sin que hasta ahora, las autoridades hayan logrado la coordinación para evitar estos casos.

El artículo segundo de esta Ley, indica que las tareas de protección civil ejecutadas por el Gobierno del Estado, deben incluir los riesgos generados incluso por la actividad humana.

El Artículo 16 especifica que, son atribuciones del Gobernador: entre varias más, aprobar, publicar y vigilar la ejecución de los programas institucionales; así como para instrumentar los Programas de Protección Civil.

Le corresponde también vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley y de los convenios de coordinación que celebre con la Federación y con los municipios.

Así mismo, es tarea del Ejecutivo promover, a través de mecanismos de prevención, la gestión integral de riesgos y la cultura de la protección civil en la población.





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