Aunque se supone que cargos como la presidencia municipal son irrenunciables, la ley prevé las licencias o periodos sin goce de sueldo para quienes ostentan los cargos. Las licencias de los presidentes municipales tienen tres etapas, en la primera por quince días es el primer regidor quien suple al presidente. Pasados los quince días continúa otro periodo en donde quien suple se elige democráticamente. Después de los dos meses y medio el suplente se convierte en presidente interino. Y aunque cumpliendose los 100 días de la licencia el presidente electo pierde su carácter, si regresa antes se incorpora a su cargo con normalidad. Las causas de las licencias para presidentes municipales son variables y su reincorporación es incierta, sin embargo es algo regulado y con términos específicos para determinar su situación al reincorporarse.