Se inició una segunda carpeta de investigación por "Delitos contra la Procuración y Administración de Justicia" con motivo de la contaminación de la escena
Culiacán, Sinaloa, a 15 de noviembre de 2019.- La Fiscalía General del Estado de Sinaloa inició carpeta de investigación por el delito de homicidio doloso por la privación de la vida a José Luis "N", secretario del Ayuntamiento de Guasave, ocurrido la mañana de este viernes, tras un incidente vial en el centro de la ciudad donde desarrolla su encargo.
Este organismo constitucional autónomo inició la carpeta de investigación ANGTA/UEHD/2638/2019/CI, con sede en el municipio de Angostura, a cargo de la Unidad Especializada en Homicidios Dolosos.
Como parte de los primeros actos de investigación realizados, se tiene conocimiento del registro de un accidente vial en un transitado crucero de la ciudad de Guasave, en el que uno de los involucrados es el funcionario municipal, quien perdió la vida en el lugar del hecho.
Mediante los exámenes forenses realizados por personal de la Dirección General de Servicios Periciales de esta Fiscalía sinaloense, se determinó que la causa de muerte derivó de shock hipovolémico por laceración de grandes vasos sanguíneos vasculares en cuello, provocado mediante el uso de arma blanca.
Ante esta primera evidencia, la carpeta de investigación se inició por el delito de homicidio doloso, por lo que parte de las investigaciones será requerir información a todos los involucrados o quienes tengan información relacionada con el hecho.
La Fiscalía General de Sinaloa agotará todas las líneas de investigación posibles, entre ellas la propia de la investidura de la víctima, así como de los funcionarios públicos municipales y/o cualquier persona, por lo que serán requeridos a rendir declaraciones que aporten elementos o información a efectos de esclarecer el caso.
SEGUNDA CARPETA DE INVESTIGACIÓN.
Esta Fiscalía informa además que se inició la carpeta GUAS/UIMP/2637/2019/CI, con sede en Guasave, por "Delitos contra la Procuración y Administración de Justicia", derivado de actos que provocaron la probable contaminación de la escena, luego de que sin autorización fue retirada una de las unidades involucradas en el hecho vial.
Ante la situación particular este organismo constitucional autónomo llamará a comparecer a los servidores públicos que hayan acudido como primeros respondientes.
Dicha carpeta de investigación se fundamenta en el Artículo 326 del Código Penal para el Estado de Sinaloa y el Artículo 40 de la Ley Nacional de Seguridad Pública, en contra de quién o quienes resulten responsables.
DELITOS CONTRA LA PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DELITOS COMETIDOS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS
ARTÍCULO 326. Son delitos contra la procuración y administración de justicia cometidos por los servidores públicos, los siguientes:
IV. Retardar, negar o entorpecer intencional y maliciosamente la procuración o administración de justicia;
V. Ejecutar intencionalmente actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebida;
LEY NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
Artículo 40. Con el objeto de garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública se sujetarán a las siguientes obligaciones: (algunas aplicables)
Utilizar los protocolos de investigación y de cadena de custodia adoptados por las Instituciones de Seguridad Pública;
Preservar, conforme a las disposiciones aplicables, las pruebas e indicios de probables hechos delictivos o de faltas administrativas de forma que no pierdan su calidad probatoria y se facilite la correcta tramitación del procedimiento correspondiente;
Informar al superior jerárquico, de manera inmediata, las omisiones, actos indebidos o constitutivos de delito, de sus subordinados o iguales en categoría jerárquica;
Cumplir y hacer cumplir con diligencia las órdenes que reciba con motivo del desempeño de sus funciones, evitando todo acto u omisión que produzca deficiencia en su cumplimiento;
Abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de las Instituciones, dentro o fuera del servicio;
Desde el primer momento que se tuvo conocimiento de los hechos, policías, peritos y el Ministerio Público iniciaron los actos de investigación correspondientes, mismos con los que se identificaron indicios sobre la probable comisión de un homicidio doloso, por lo que se dieron a la tarea de activar los protocolos de actuación propios de este tipo delictivo.
La Fiscalía General del Estado de Sinaloa se ratifica como una institución garante de los derechos humanos, bajo la estricta aplicación de nuestro marco normativo a fin de procurar justicia para las víctimas del delito, por lo que en este como en todos los casos se realizará una investigación imparcial y apegada a derecho.