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05 de Noviembre del 2024
Política

TEPJF ratifica triunfo de Evelyn Salgado como gobernadora

TEPJF ratifica triunfo de Evelyn Salgado como gobernadora
Por: Eliut Patiño
Ixtapa Zihuatanejo
23-09-2021

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero y, en consecuencia, la declaración de validez de la elección a la gubernatura, así como la entrega de la constancia de mayoría a favor de la candidata postulada por MORENA.

La controversia analizada por el TEPJF fue promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del resultado de la mencionada elección, la cual se sustentaba en la presunta violación a los principios de neutralidad e imparcialidad que, en su opinión, incurrieron durante el desarrollo del proceso electoral tanto el presidente de la República como otros funcionarios del Ejecutivo Federal, con la intención de coaccionar el voto a favor de la candidatura ganadora.

En sesión pública por videoconferencia, el pleno de la Sala Superior consideró infundado el supuesto agravio consistente en que las expresiones del Presidente de la República realizadas en las conferencias matutinas denunciadas no constituyeron vulneraciones a los principios de neutralidad y equidad, respecto de la elección de gubernatura en el estado de Guerrero.

Asimismo, se consideró que las violaciones a las normas de propaganda gubernamental que la Sala Superior identificó al resolver el SUP-REP-193/2021 en donde se analizó el evento denominado "Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno" no implicaron irregularidades de la entidad suficiente para actualizar una determinancia que genere la nulidad de la elección.

Adicionalmente, el TEPJF determinó sobre la elegibilidad de la candidata postulada por MORENA que los actores no tienen interés jurídico para impugnar esa circunstancia, porque conforme al criterio reiterado de esta Sala Superior, un partido no puede alegar el incumplimiento de una norma interna de un partido político diverso. (SUP-JRC-106/2021)




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