Con la finalización de las precampañas este pasado 18 de enero, en el marco del Proceso Electoral Federal (PEF) 2023-2024, inicia el periodo conocido como intercampaña, del 19 de enero al próximo 29 de febrero.
De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), las intercampañas consisten en un espacio para que los partidos políticos resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatos a los diferentes cargos de elección popular, además de permitirle a la autoridad electoral revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones.
Durante este periodo de tiempo, los aspirantes no podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un precandidato. Del mismo modo, el contenido de su propaganda comicial sólo podrá ser de carácter informativo.
Si un aspirante realiza un acto anticipado de campaña podrá ser sancionado con la pérdida de su registro y la cancelación de su candidatura, con base en el Artículo 372 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal.
De acuerdo con el INE, para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben colmar tres requisitos:
Cabe mencionar que la libertad de expresión de los precandidatos, así como de las candidaturas, al igual que el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento, por ello los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas.
De igual forma, de acuerdo con criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las precandidaturas o candidaturas pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña.