Debido a la contingencia de COVID-19 que impera en Sinaloa y el mundo, autoridades han optado por implementar algunas restricciones y medidas sanitarias para evitar la propagación del virus,dado que el número de casos positivos y muertes incrementa diariamente.
Según abogados a partir del acuerdo de la Secretaría de Salud y el decreto del presidente de la república, al declarar la pandemia y las medidas preventivas,la policía puede restringir a las personas los accesos a lugares públicos y emitir sanciones a quienes incumplan la cuarentena, tal y como lo establece la ley general de salud.
Así mismo a quien se sorprenda en reuniones o fiestas recreativas podría ser privado de su libertad momentáneamente o cumplir con una multa económica, dependiendo el caso.
El abogado Martin Lopez Felix dijo que estas declaratorias se dan por parte del gobierno federal, al añadir que existe un riesgo de propagar el virus al encontrarse en un lugar con gran afluencia.
" Las sanciones momentáneamente son sanciones netamente administrativas,por que nadie sabe si contagias o no contagias a alguien que te pudiera llevar a una responsabilidad penal por el hecho de que tu no hayan acatado la disposición sanitaria y hayas enfermado a alguien"
Sin embargo a quien incumpla con la cuarentena a sabiendas de ser propenso o sospechoso de covid-19, será calificado como un acto criminal en donde quien se sienta afectado puede proceder a una demanda penal.
"Es una persona que está atentando contra los demás, está en una condición de desigualdad,imaginate alguien que sepa que trae todos los síntomas y ande en lugares públicos,abrazando y besando gente, es un acto criminal"