El Juez Tercero de Distrito en Amparo Penal de la Ciudad de México, Augusto Octavio Mejía Ojeda, ordenó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, Ganther Alejandro Villar Ceballos, reponer una parte de la audiencia en la que se le negó a la extitular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) Rosario Robles Berlanga la modificación de la medida cautelar.
Para que un juez del sistema penal acusatorio vuelva a resolver si le ratifica la prisión preventiva justificada que le impuso en audiencia el pasado 30 de abril o si modifica la medida cautelar que enfrenta la exfuncionaria para que pueda enfrentar su proceso penal en libertad.
Rosario Robles fue vinculada a proceso por el delito de ejercicio indebido del servicio público desde el 13 de agosto del 2019, fecha en la que se le dictó la prisión preventiva justificada por el delito de ejercicio indebido del servicio público en la modalidad de omisión, derivado de un presunto desvío por 5 mil millones de pesos que se cometió en Sedesol y Sedatu cuando estaba al frente de ambas dependencias.
La reposición del procedimiento sólo se hará a partir de que el Juez de Control, Ganther Alejandro Villar Ceballos, dictó la resolución en la que se negó a cambiar la prisión preventiva justificada por el beneficio de la prisión domiciliaria para Robles, argumentando que persistía el riesgo de fuga por la existencia de varios domicilios de la imputada.
La resolución señala que la reposición de la audiencia sólo aplica a partir de que el Juez de Control comenzó a argumentar la negativa para revisar la medida cautelar, por lo que ninguna de las partes puede aportar nuevas pruebas y tampoco habrá debate. Por lo anterior, el impartidor de justicia tendrá que volver a resolver sobre el tema, pero con argumentos distintos y bajo algunos criterios que le impone el amparo.
"El Juez de Control refiere que las condiciones variaron objetivamente de forma parcial, empero, son insuficientes para modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada, por la existencia de diversos domicilios, circunstancia que "no se aclaró desde la audiencia inicial", olvidando que, la audiencia de revisión de medidas cautelares tiene como objetivo la verificación de la continuación o modificación de las condiciones que sustentaron de manera inicial, la imposición, en el caso, de la prisión preventiva justificada", se lee en la sentencia.
Otro argumento para conceder el amparo a Robles Berlanga es que tampoco se analizó de manera adecuada la presunta capacidad económica de la imputada y sus familiares como uno de los elementos para acreditar el riesgo de fuga.
"Tales inconsistencias impidieron al Juez de Control, determinar de manera fundada y motivada si, en el caso, procedía la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva domiciliaria", concluye la sentencia.
La sentencia de amparo no obliga al juez Ganther Alejandro Villar Ceballos a modificar la medida cautelar impuesta a Rosario Robles, por lo que este puede volver a dictarle prisión preventiva justificada y negarle la prisión domiciliaria.
No se trata de una sentencia definitiva, ya que puede ser impugnada por la FGR ante un tribunal federal, con lo que el caso tardará al menos otros seis meses para resolverse.