El Servicio de Administración Tributaria podrá aplicar sanciones por hasta nueve mil pesos, en contra de los contribuyentes que no tengan en orden la operación del llamado Buzón Tributario.
Debido a las modificaciones aplicadas en el Código Fiscal de la Federación y que entraron en vigor desde el pasado uno de enero, el contribuyente tendrá la obligación de contar con este instrumento electrónico., pues de no hacerlo la dependencia federal podrá aplicar una multa hasta nueve mil 250 pesos.
De acuerdo a los ajustes realizados al artículo 17-K del Código Fiscal, los contribuyentes deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto de acuerdo al procedimiento que para efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria.
De la misma forma, dicho artículo establece que cuando no se habilite o se tengan medios de contacto erróneos, se entenderá que el contribuyente se opone a la notificación.
En cuanto a las sanciones, el artículo 86-C del referido marco normativo, señala que este incumplimiento de considerará una infracción cuya sanción ira de los tres mil 080 a los nueve mil 250 pesos.