De abril de 2019 a abril del 2021 se han abierto 269 carpetas de investigación por el delito de violación a la intimidad sexual por lo que en la ley Olimpia se debe de identificar que la reforma vigente es solo el piso básico debido a que hay muchas otras formas de violencia que suceden en el mundo digital de los cuales, no abarca la Ley Olimpia, ejemplo de ellos es el hostigamiento, el acoso y el acecho.
Ante estos casos denunciados, se tienen identificados rangos de edad en que las víctimas se localizan principalmente entre los 11 y 53 años siendo en el años 2019 cuando hubo más casos de investigaciones en municipios como Puebla, Atlixco, Tehuacán, San Andrés Cholula, San Pedro Cholula, Juan C Bonilla, Amozoc, Ciudad Serdán, y en otros 16 municipios en que se abrieron carpetas de investigación.
La Ley Olimpia lo que impulsa es una reforma al código penal para que tipificar conductas sobre la intimidad sexual, situación que se ha replicado en diferentes entidades federativas, hasta alcanzar las 29, lo que define la violencia digital como actos de acoso, hostigamiento, amenaza, vulneración de datos e información privada, así como la difusión de contenido sexual, como fotos, videos y audios, sin consentimiento.