Nuestra constitución política en el artículo primero señalan y provee la protección de los derechos humanos como son la vida y la integridad física, que son principalmente los ilícitos que se cometen, en el mentó de cometer un linchamiento el artículo 17 también señala que nadie puede hacer justicia con propia mano. SONIA MUÑOZ CORTÉS / MAESTRA EN DERECHO, LITIGANTE Y DIRECTORA DE MUCS
Fue el 14 de septiembre de 1968 que ocurrió por primera vez un linchamiento en el estado de Puebla, esto en la junta auxiliar de San Miguel Canoa, luego de que un grupo de estudiantes y empleados de la Universidad Autónoma de Puebla fueran linchados por una población incitada por el sacerdote del poblado, quién les acuso de comunistas que pretendían ofender a la Santa Iglesia.
En Puebla se han registrado diversos linchamientos, en donde el común denominador es la suposición, fue el 29 de mayo de 2019 que se emitió el protocolo de actuación para Casos de Intentos de Linchamientos en el Estado de Puebla y es que este se ha vuelto un delito pues la entidad se encuentra en el tercer lugar con más linchamientos.
Existe un informe de la Comisión Nacional de los derechos humanos en la cual señalan que Puebla ocupa el tercer lugar a nivel nacional en la comisión del hecho ilícito de linchamiento, entre los principales municipios se encuentran Tehuacán, San Martín Texmelucan Tlacotepec de Benito Juárez, son los principales municipios con ese tipo de incidencias. Sonia Muñoz Cortés / MAESTRA EN DERECHO, litigante y Directora de MUCS
Si bien quienes realizan este, se trata de personas que están cansadas de la delincuencia, eso no evita que esto sea un delito, de los cuales son 3 los que se persiguen y que sus sentencias varían de acuerdo a las lesiones del linchado o si eres el incitador.
Son tres apología del delito, homicidio y lesiones tumultuarias. En cuanto a la apología del delito la sanción va de 15 días a 6 meses si el delito no se cometió. En el delito de lesiones se va a sancionar de acuerdo al tipo de lesión y la sanción podría ir desde tres años hasta los 9 años. Sonia Muñoz Cortés / MAESTRA EN DERECHO, litigante y Directora de MUCS
Finalmente los expertos en la materia comentan que así se un delincuente al momento de agredir en este caso lincharlo, se está atentando en contra de su vida y sus derechos, por lo que se investigará como delito.
Finalmente el ilícito está cometido, la apología del delito inicia desde el momento que incitamos a la comisión del delito y finalmente el privarle de la vida a una persona está tipificado. Sonia Muñoz Cortés / MAESTRA EN DERECHO, litigante y Directora de MUCS