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01 de Febrero del 2025
Seguridad

Sanciones por Ciberacoso

Sanciones por Ciberacoso

Difundir mentiras, publicar fotografías o videos vergonzosos de alguien en las redes sociales. Enviar mensajes, imágenes, videos hirientes, abusivos o amenazantes a través de plataformas de mensajería, hacerse pasar por otra persona y enviar mensajes agresivos en nombre de ella o a través de cuentas falsas

EL Ciberacoso, acoso o intimidación por medio de las tecnologías digitales. Puede ocurrir en las redes sociales, las plataformas de mensajería, las plataformas de juegos y los teléfonos móviles. El acoso cara a cara y el ciberacoso ocurren juntos a menudo. Pero el ciberacoso deja una huella digital; es decir, un registro que puede servir de prueba para ayudar a detener el abuso.

Es aquella molestia que se realiza a través de redes sociales, con el fin de atemorizar o causar lo que es sensibilidad en una persona, así de manera simplificada. En el segundo punto del jurídico es aquello que comete la persona que hostiga o amenaza por las TIC´S. Desde un punto de vista criminológico es aquella conducta antisocial que realiza el ser humano por medio de telecomunicaciones es decir, plataformas digitales. JONATHAN MORALES / EXPERTO EN LA MATERIA

Cuando el acoso ocurre en línea, la víctima siente como si la estuvieran atacando en todas partes, hasta en su propia casa. Puede parecerle que no hay escapatoria posible. Las consecuencias pueden durar largo tiempo y afectar a la víctima de muchas maneras en su mayoría daña el aspecto psicológico, por lo que es recomendable que la persona acuda con alguien de su confianza, para después acercarse a la autoridad responsable, en esta situación puede ser el Consejo Ciudadano de Justicia del Estado, también la unidad de investigación especializada en delitos sexuales y acoso, así como la policía cibernética. 

Se da a conocer un delito que está pasando en la sociedad, es muy recomendable no quedarse callado, en segunda instancia ellos tiene el derecho a tomar su denuncia por parte del ministerio público, en ningún momento puede ser rechazada, eso ya va hacer en conforme a investigación, pero en el momento ellos tiene su derecho a que se les tome su denuncia. Jonathan Morales / Experto en la Materia

A pesar de no llevar pruebas pueden acudir con el simple testimonio, sin embargo es recomendable llevar pruebas, para sustentar la denuncia. Este podría ser una captura de pantalla donde se vea el nombre del agresor, red social y fecha. Para que el acoso se detenga, no solo hay que detectarlo. Es fundamental denunciarlo.

En nuestro código penal del estado de Puebla, lo sanciona con 11 meses a tres años de prisión y de 50 a 300 días de lo que de la manera de actualización, en el momento en el que se comete el delito. Esto se configura dependiendo si la persona es decir la víctima es menor de edad porque se considera que es una persona en desarrollo psicoemocional. Jonathan Morales / Experto en la Materia






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