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29 de Abril del 2025
Política

Obliga Instituto de Transparencia al ayuntamiento a entregar información

Obliga Instituto de Transparencia al ayuntamiento a entregar información
Por: Jesús Manuel Angulo Corral
S. Luis R. Colorado
07-03-2025

El gobierno municipal negó proporcionar listado de proveedores


El Instituto Sonorense de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales dictaminó que el Ayuntamiento de San Luis Río Colorado debe proporcionar, a un ciudadano que los solicitó, los datos de los proveedores,del gobierno municipal que fueron incorporados al padrón desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2024.

En la solicitud el ciudadano pidió conocer los nombres de los proveedores, sus registros federales de contribuyentes, domicilio fiscal, así como el ramo o actividad económica o profesional en el que prestan sus servicios al Ayuntamiento de San Luis.

La información pedida al gobierno municipal desde el cuatro de enero de 2025 le fue negada al ciudadano, ya que en la respuesta emitida el 10 de enero del año en curso por Aracely Sandoval Hernández, directora de Servicios Administrativos, se le dice al solicitante que busque la información en la página del Gobierno Municipal.

Ante esta respuesta, el ciudadano se inconformó mediante un recurso de revisión que fue admitido por el Instituto de Transparencia el 24 de enero de este año. El gobierno municipal justificó su respuesta y sostuvo que no podía proporcionar los datos de los proveedores del Ayuntamiento debido a que esa información está protegida por la Ley de Protección de Datos Personales.

Fue la Magistrada Ana Patricia Briseño Torres, del Instituto de Transparencia, quien el 27 de febrero de 2025 resolvió el recurso de revisión a favor del ciudadano. Entre otras consideraciones, la magistrada Briseño Torres señaló que el Artículo Sexto de la Constitución Mexicana establece que toda persona tiene derecho al acceso a la información en posesión de cualquier entidad o persona que maneje recursos públicos o realice actos de autoridad.

En este sentido, agregó la magistrada, "las personas morales que participan en contrataciones públicas no pueden considerarse exentas de esta obligación, ya que su actuación está directamente vinculada al uso de fondos públicos. La difusión de su información, como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) no solo es un requisito legal sino también una herramienta esencial para garantizar la rendición de cuentas y la transparencia en la administración de los recursos del Estado".

A partir del 5 de marzo pasado, fecha en que se notificó al Ayuntamiento de San Luis Río Colorado sobre la resolución de la magistrada Ana Patricia Briseño Torres, el gobierno municipal tiene 10 días hábiles para entregar al ciudadano la información que solicitó.




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