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23 de Septiembre del 2024
Corrupción

Sin portal de transparencia en municipios del Istmo

Sin portal de transparencia en municipios del Istmo

La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.Los presidentes municipales tienen la responsabilidad de transparentar sus gestiones y rendir cuentas a la sociedad; prevaleciendo el principio de máxima publicidad, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, garantizando que la entrega de la información sea accesible, actualizada, completa, congruente, confiable y verificable.

Para el cumplimiento de los objetivos de esta ley, deberán cumplir con algunas obligaciones como las siguientes:

Constituir el comité de Transparencia, Designar en las unidades de transparencia a los titulares que dependan directamente del sujeto obligado, Promover la generación, documentación y publicación de la información en formatos abiertos y accesibles, Hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

Sin embargo algunos municipios más importantes de la Región del Istmo de Tehuantepec tales como Salina Cruz, Juchitán de Zaragoza, Santo Domingo Tehuantepec, Unión Hidalgo, Matías Romero y Ciudad Ixtepec no han implementado estos mecanismos de información y transparencia, dejando de lado el compromiso de la Ley General.

Es importante destacar que estas municipalidades asumieron responsabilidades el pasado 1 de enero, a la fecha de esta investigación han transcurrido 6 meses y se desconoce el origen, destino y uso de los recursos públicos.

Los presidentes municipales deben proporcionar la información pública que generen, administren o posean en el ejercicio de sus atribuciones.

Serán responsables del cumplimiento de las obligaciones, procesos, procedimientos y responsabilidades establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en los términos que las mismas determinen.





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