Tras la toma de protesta de Gabriel Garcia Gonzalez, como Director de Seguridad Publica, se a señalado la falta de experiencia en el area de seguridad publica, ya qué su desempeño, a sido como custodio o guardián de políticos y empresarios, lo qué a puesto en duda su capacidad para poder llevar este cargo, sin embargo, han normas qué también deben de cumplirce.
Basado en la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 209, el titular o titulares de las ramas del cuerpo de seguridad publica serán nombrados y removidos por el ayuntamiento, a propuesta del presidente municipal, previa aprobación, certificación y registro en el Centro de Control y Confianza correspondiente.
Desde el mes de abril no se detuvieron las evaluaciones para los elementos, y hasta el momento, las autoridades no han comprobado qué el nuevo director esté registrado con una carrera policial y además qué cuente con esta certificación de Evaluación de Control de Confianza, así como los registros como de la clave unica de identificación policial (CUIP).
De igual manera, García González, debe de contar con una Certificación Única Policial (CUP), qué si no la tienen no puede ser mando ni parte de la corporación, por lo qué en caso de qué no cuente con estas certificaciones, estaría usurpando funciones y por consecuencia, las autoridades tendrían cierta responsabilidad, por haber dado este nombramiento sin cumplir con estos requisitos.
En quien recaería esta responsabilidad, en primera instancia en el presidente municipal, por dar una propuesta sin cumoplir los requerimientos, así como una sindicatura y secretaría general del ayuntamiento, por ser los primeros qué debieron verificar antes de ser presentada la propuesta, además cuestionar a recursos humanos sus antecedentes y certificaciones, y por último, regidores qué avalarón esta propuesta.