El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario; esta medida busca mejorar la comunicación entre las personas físicas y morales con la autoridad fiscal El incumplimiento de esta obligación fiscal después de esa fecha será motivo de multas.
Desde 2020, habilitar el Buzón Tributario y mantener actualizados los medios de contacto es obligatorio para las personas físicas y morales registradas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Están exentos los siguientes contribuyentes:
Cómo habilitar el Buzón Tributario
Los contribuyentes deben ingresar al portal del SAT (sat.gob.mx), acceder con su RFC y contraseña o e.firma vigente, y registrar un correo electrónico y un número de teléfono celular. Una vez registrados, deberá confirmar los medios de contacto en un plazo de 72 horas mediante una liga enviada por correo electrónico y un código SMS.
El Buzón Tributario es un canal electrónico que permite recibir notificaciones administrativas y mensajes fiscales de la autoridad, por lo que el SAT hace un llamado a cumplir con esta obligación dentro del plazo establecido, para garantizar una comunicación efectiva y evitar sanciones.