En lo que va del año, se han reportado ante Medio Ambiente Municipal 11 denuncias por presunto Maltrato Animal de las cuales solo tres han sido tipificadas como tal, al comprobarse que las demás, obedecen a temas de omisión de cuidados no intencional y que las debidas recomendaciones han sido atendidas.
"Si se ha presentado el hecho, hemos encontrado mascotas en mal estado de desnutrición , en otros casos los hemos encontrado a la intemperie...se hace la recomendación al dueño de la mascota sobre esta ley y sobre las posibles sanciones que puede originar el incumplimiento... Alejandro Martínez Ramírez; Coordinador de Medio Ambiente
Consideran necesario que las personas denuncien formalmente para aplicar el reglamento, ya que la mayoría de estos casos solo se exhibe en redes sociales.
"Lo que más está pegando aquí en yo creo que en todo México, es la falta de educación de interponer una denuncia adecuadamente para empezar un proceso administrativo como tal. si no tenemos las evidencias sólidas para poder iniciar y llegar a una sanción...si se asiste al sitio, y se cuenta con el apoyo de veterinarios que cuentan con cédula profesional , en algunos casos hasta especialidad cuentan para poder dar un veredicto y ver que tipo de atención necesita..." explicó
Para la atención de estos reportes , el Artículo 10 de la Ley Número 876 de Protección a los Animales del Estado de Veracruz, establece que debe de acudir personal de la Secretaría de Salud, a fin de verificar temas como la falta de higiene, pero también en los demás procesos tanto de investigación, capacitación del personal en atención de estos casos, y cultura de la protección animal, deben intervenir, áreas como la Secretaría de Educación, Seguridad Pública Fiscalía General del Estado
Es maltrato:
*Todo acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento o que ponga en peligro la vida del animal.
*No brindar la debida atención médico veterinaria.
*La privación de aire, alimento, espacio, abrigo contra la intemperie
*Abandonar en la vía pública,
Las sanciones van desde:
*Arresto administrativo de hasta 36 horas
*Suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones
*Clausura temporal o definitiva, parcial o total de instalaciones
*Incluso trabajo comunitario