Colectivas feministas de Veracruz como Brujas del Mar celebraron la reforma al Código Penal y que además ya entró en vigor, que sanciona el delito de Cohabitación Forzada de Personas Menores de 18 años de edad o de personas que carecen de la capacidad para comprender el significado del hecho y para resistirlo, considerando esto como un avance en la lucha contra el matrimonio infantil.
De acuerdo a registros, en el estado veracruzano y a pesar de que esta práctica estaba prohibida, se reportaban por lo menos 15 municipios con incidencia de unión libre o matrimonio entre menores y adultos, esto de acuerdo a la Red por los Derechos de la Infancia en México.
Esta reforma entró en vigor el 26 de abril tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación e impone sanciones penales a quienes obliguen a menores de edad a convivir con otra persona en forma constante y equiparable al matrimonio. Esta acción se puede alcanzar hasta 15 años de cárcel y hasta 2 mil 500 días de multa para quién cometa el delito; se sumaría de 4 a 8 años de prisión si la víctima pertenece a alguna comunidad indígena o afroamericana.
La reforma al Artículo 205- Bis y adición del capítulo IX al título Octavo del Código Penal establece que serán imprescriptibles las sanciones señaladas en los artículos 2001 204 y 209 Quáter. Asimismo que las sanciones señaladas en dichos artículos aumentarán al doble de las que corresponda cuando el autor tuviere para con la víctima alguna de las siguientes relaciones.
Es aplicable en todo el país.