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05 de Noviembre del 2024
Seguridad

¿Cómo se sanciona la violencia digital o ciberbullying?

¿Cómo se sanciona la violencia digital o ciberbullying?
Por: Ángel Alberto Hernández Beda
Tuxpan
20-12-2023

La Ley Olimpia define a la Violencia Digital o Ciberviolencia a los delitos de difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo, protegiendo la intimidad sexual de las personas, en el cual se obliga al Estado Nacional a englobar dentro del concepto de Violencia a la ejercida a través de los medios digitales.

"...son acciones, tendiente a proteger los procesos para que cuando alguien haya sido víctima de este tipo de conductas el juzgador pueda integrar las carpetas con perspectiva de género y con perspectiva de Derechos Humanos?" Angélica Leos Valente, Presidenta del Consorcio Juridico Integral del Golfo

Las conductas que atentan contra la intimidad sexual pueden ser:

  • Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar vídeos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaños.
  • Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

"...aquí no importa si fue con consentimiento o sin consentimiento el que te hayan grabado, el tema es que difundan contenido que fue grabado o fotografiado y que violenta tu intimidad?" Angélica Leos Valente, Presidenta del Consorcio Juridico Integral del Golfo

En el Artículo 190 del Código Penal para el estado libre y soberano de Veracruz sanciona con 4 a 8 años de prisión y una multa de 1000 hasta 2000 Unidades de Medida y Actualización, a la persona que cometa este delito.

"...el hecho de poder ofertar este tipo de contenidos de contexto sexual o connotación sexual, compartir imagenes, audios o videos de contenido sexual intimo también son entendido como violencia sexual digital?" Angélica Leos Valente, Presidenta del Consorcio Juridico Integral del Golfo

Cabe destacar que los agresores también podrían considerarse no solo a quien suba el contenido a las plataformas digitales, sino también a los usuarios que abonen a la difusión del mismo.

"...la persona que en algún momento cruce por su mente difundir un video, es un hecho que difícilmente va a poder tener un efecto retroactivo o desaparecer, una vez que se comparte perdemos el control y en segundos miles de personas van a tenerlo?" Angélica Leos Valente, Presidenta del Consorcio Juridico Integral del Golfo

Toda persona que use o no las redes sociales está expuesta a ser víctima de la violencia digital, por lo que es importante regular el contenido que se sube a redes sociales para evitar violar la initividad de una persona.





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