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15 de Noviembre del 2024
Economía

Desempleados pueden cobrar reparto de utilidades

Desempleados pueden cobrar reparto de utilidades

Pese a haber sido despedidas de las empresas donde laboraban, obreros y empleados que hayan cumplido con 60 días de actividad tienen derecho a presentarse en las oficinas administrativas para pedir el pago correspondiente del Reparto de Utilidades, ya que por ley les corresponde.


Especialistas en temas administrativos indican que únicamente las empresas de recién creación quedarán libres de esta obligación durante el primer año de actividad, sin embargo las de mayor antigüedad tienen hasta el próximo 30 de mayo y 29 de junio para cumplir con los empleados.


Refieren que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa es una prestación establecida en el Artículo 117 de La Ley Federal del Trabajo, por lo que los patrones que incumplan con el mandato podrían ser sancionados por la Procuraduría del Trabajo, Secretaría de Hacienda o ante la Secretaria de Trabajo.


"Trabajaron tres meses, bueno tienen derecho aunque ya otros meses han estado fuera de la empresa, por eso luego vemos publicaciones de que quien tenga derecho se presente a cobrar su PTU" José Antonio Cerecedo Galicia, Contador Público.






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