La pensión por jubilación es una prestación económica a la que todo trabajador tiene derecho para su retiro; existen dos regímenes para el trámite de una pensión, esto de acuerdo a la fecha en que el trabajador comenzó su cotización en el IMSS.
Régimen de 1973: Si el trabajador comenzó a cotizar antes del 1° de julio de 1997. se requiere un mínimo de 500 semanas cotizadas
Régimen de 1997: Si el trabajador comenzó a cotizar a partir del 1° de julio de 1997. Se requiere un mínimo de 750 semanas cotizadas.
"...hoy 2023 te pide 800, y va a incrementar de manera gradual 25 semanas por año hasta llegar a las mil en el 2031?" Felipe Ismael Velazquez Zuñiga, Director Jurídico del Consorcio Integral del Golfo, especializado en Derecho laboral
Hay casos en el que el trabajador por motivos extraordinarios solicita un préstamo de su retiro, lo que provoca que al momento de solicitar su pensión alcanza las semanas suficientes provocando una resolución negativa de su pensión.
"...en ocasiones el derechohabiente hace retiros parciales por desempleo y sus semanas se las descuentan, les pueden descontar de hasta un año a dos años dependiendo la cantidad que pidan?" Felipe Ismael Velazquez Zuñiga, Director Jurídico del Consorcio Integral del Golfo, especializado en Derecho laboral
Es importante que el trabajador realice un cálculo de sus semanas cotizadas con la orientación de un abogado especializado en derecho laboral antes de realizar su trámite de Pensión.
"...en caso que el derechohabiente no esté conforme con su resolución tendrá 15 días para impugnar la resolución y esto se hace ante los Tribunales laborales?" Felipe Ismael Velazquez Zuñiga, Director Jurídico del Consorcio Integral del Golfo, especializado en Derecho laboral
Un fondo de pensión garantiza al trabajador un ingreso seguro en caso de tener un accidente laboral, por enfermedad o después de cumplir los 60 años.