A partir de este año entre en vigor la ampliación de la licencia por paternidad de 5 a 20 días con goce de sueldo para padres tanto adoptivos como biológicos, la licencia inicia a partir del día de nacimiento o adopción de sus hijos y finaliza tras 20 días hábiles.
Sin embargo de acuerdo al Apartado B del Artículo Constitucional 123, en caso de que la madre o el recién nacido presenta complicaciones postparto, la licencia puede ser ampliada 10 días más, siempre y cuando esto se avale mediante un certificado médico.
Lo anterior tras la aprobación del dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federales del Trabajo y de los Trabajadores al Servicio de Estado por la Cámara de Diputados el pasado 12 de diciembre.