A partir de este miércoles, cualquier persona que perjudique las vías generales de comunicación, interrumpa los servicios de peaje, o busque un beneficio económico con la toma de casetas, se podría hacer acreedor a una sanción de tres meses hasta siete años de prisión.
Además, los culpables, podrían recibir una multa que va desde las 100 hasta las 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en su valor. Con el tabulador de 2022, las sanciones económicas pueden ir de 9 mil 622 pesos hasta los 48 mil 110 pesos.
Este martes, se hicieron oficiales estas nuevas sanciones que entrarían en vigor este miércoles después de haber sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación, donde se plasmó la reforma del artículo 533 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.
El artículo quedó así: "A quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicación, o los medios de transporte, o interrumpan la construcción de dichas vías, o para obtener un lucro interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, o total, o parcialmente interrumpan o deterioren los demás servicios que operen en las vías generales de comunicación o los medios de transporte, se impondrá sanción de tres meses a siete años de prisión y multa de 100 a 500 veces el valor diario de la UMA".