Mediante Decreto publicado el 27 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador declaró diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas por el Covid-19 en todo el territorio nacional.
También se ordenó la suspensión inmediata, del 30 de marzo al 30 de abril de 2020, de las actividades no esenciales, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus en la comunidad, decretó que también fue respaldo por el estado de Guerrero donde se explicó por giros que actividades se consideran no esenciales para su cierre inmediato a partir del 15 de abril, sin embargo en el municipio se giró un oficio a todos los establecimiento que a partir de este 20 del mismo mes permanezcan cerrados los giró que se encuentra dentro de este decreto.
En un recorrido por el municipio de Zihuatanejo, se pudo constatar de la gran mayoría de tiendas de ropa, zapatos, accesorios, bolsas, chácharas, plásticos, venta de joyas están cerrados, sin embargo hay algunos comercios que siguen abiertos ignorando estos decretos, pero también se pudo registrar que personal de Reglamentos está acudiendo a estos lugares para notificar el cierre de negocios.
Desde la federación se establece que únicamente los giros con las actividades directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria podrán seguir laborando como los de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema Nacional de Salud.
También los que participan en su abasto, servicios y proveeduría del sector farmacéutico. Pueden seguir operando las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana; los sectores fundamentales de la economía: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transporte de pasajeros y de carga; producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; telecomunicaciones y medios de información; servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación.