A través de un nuevo resolutivo publicado este martes 29 de septiembre, el Juzgado Segundo de Distrito le dio un ultimátum de 12 horas (que se vencería a las 23 hrs de este martes) para que cumpla con la orden judicial o en su defecto advierte el documento podría ser denunciado ante el Ministerio Público Federal e imponerles una multa de 3 a 9 años de prisión y una multa económica de 50 a 500 días.
Así versa el documento:
"Ahora bien, tomando en cuenta que a la fecha, no se tiene la resolución dictada en cumplimiento con apoyo en los artículos con apoyo en los artículos 206 208 de la ley de amparo, requiérase a las autoridades responsables y a la vinculada al cumplimiento, para que dentro del término de 12 horas, siguientes al en que reciba el oficio en el que se transcribe el presente proveído, den cumplimiento a la resolución incidental de 17 de septiembre del presente año y remitan las constancias que así lo acrediten".
"además se hace saber a las autoridades responsables ahí a la vinculada que en caso de ser omisas de dar cumplimiento a lo antes requerido, en el término establecido, serán denunciados al ministerio público de la Federación por el delito que, según el caso, establecen las fracciones El cual es del tenor siguiente:
artículo 282 se impondrá pena de tres a nueve años de prisión multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, el servidor público que con carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo en el incidente de suspensión".