Tras la agresión a un joven afuera del Bar Chabola por parte de personal de seguridad privada la Secretaría de Seguridad, Prevención y Protección Ciudadana de León colabora en el esclarecimiento de los hechos.
De manera simultánea, a través de la Dirección de Regulación de Seguridad Privada se va a iniciar el procedimiento administrativo correspondiente a la empresa Seprel, la cual presta los servicios de seguridad en el establecimiento mencionado.
Con este proceso se hace un citatorio a la empresa para que presente documental de lo sucedido y el actuar de la persona involucrada, luego se realiza una visita de inspección y posteriormente, con lo valorado, se emitirá la sanción que amerita el acto.
El artículo 46 fracción V del Reglamento de Seguridad Privada establece que los prestadores de servicios de seguridad privada deben supervisar que su personal operativo se abstenga de "Inferir, tolerar o permitir actos de tortura, malos actos, actos crueles, inhumanos o degradantes, aun cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenazas a la seguridad pública".
El artículo 68 fracción I del mismo Reglamento establece como motivo de revocación de la Conformidad Municipal a la empresa si: "A consecuencia de la ejecución del servicio se ponga en riesgo la seguridad pública o a las personas".
La sanción correspondiente se emitirá una vez que concluya el procedimiento administrativo y será comunicado con oportunidad a la ciudadanía en general a través de la Secretaría de Seguridad, Prevención y Protección Ciudadana.