Si familiares pretenden exhumar los cuerpos de sus difuntos antes de la temporalidad establecida, no se puede realizar ya que la ley así lo establece.
El Director de Atención Contra Riesgos Sanitarios de la Dirección de Salud Municipal, José Martín Valdés Silva señaló que si por algún motivo los restos aún no son áridos tendrán que durar un año más, también como lo marca la ley estatal de salud.
En el caso de fosa y tierra hay una particularidad, si los cuerpos murieron menores de 15 años pueden cumplir los cinco años de temporalidad, pero en el caso de mayores de 16 años o adultos son seis años como lo marca la ley.
Por medio del registro del acta de defunción se constata en el Sistema si ya venció el tiempo y en el momento que el familiar solicita la exhumación se les proporcionan el día y la hora con la presencia de sólo dos o tres familiares máximo.
El funcionario señaló que se considera un delito si alguien quiere o pretende realizar la exhumacion antes del plazo, pues la única forma en que pudiera realizarse es mediante el mandato o petición del Ministerio Público, en caso de que exista una duda sobre la causa del fallecimiento.