De conformidad con la reforma a la Ley Federal del Trabajo del año de 1970, en México todos los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.
En este sentido, el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores cada año antes del 20 de diciembre.
Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir una cantidad de dinero equivalente, como mínimo, a 15 días de salario; sin embargo, no todos los patrones están dispuestos a cumplir con esa obligación y los empleados deben exigir sus derechos.
"Bueno, pues hay varias herramientas, una de ellas es acudir con un abogado especialista en laboral como tu servidor e iniciamos una solicitud, se hace una solicitud en el Centro de Conciliación, ya no es la Junta, y luego invitamos al patrón y aquí platicamos para que se de esa prestación", mencionó el abogado David Rocha.
Pero ¿qué hacer en caso de que el patrón se niegue a pagar?; primero, el Centro de Conciliación le impondrán una multa y luego el abogado iniciará un juicio en el que le invitarán a pasar a pagar lo que debe, contando recargos y ejecución del juicio, por lo que acudirá un actuario en representación de un juez para invitarlo a pagar.
En el caso que el patrón se niegue a pagar habría aún más opciones legales para que el trabajador obtenga su prestación.
Rocha agregó: "¿no quieres pagar, no?, Bueno, entonces te voy a retener bienes que garanticen ese pago, ya sea que hasta que pagues o los remate y me quede con el fruto de ese remate".