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20 de Septiembre del 2024
Salud

No es delito abortar en casos de violación

No es delito abortar en casos de violación

Guanajuato, Gto., octubre 17.- Desde el año 2001 el artículo 163 del código penal del estado permite el aborto cuando el embarazo sea producto de una violación, pero es una ley que las autoridades no cumplen ni permiten que se cumpla.

Iovana Rocha Cano, representante estatal de "Fondo María", informó que ninguna mujer puede recurrir al beneficio de ese artículo porque los diputados jamás lo han reglamentado.
Ante tal circunstancia el aborto es considerado como un delito, aun y cuando la mujer haya sido violada.
Desde que en la ciudad de México se despenalizó el aborto siempre y que el embarazo no exceda las 12 semanas, fue creada "Fundación María", asociación civil ayuda económicamente, asiste y acompaña a las mujeres que desean interrumpir su embarazo.
Por la clandestinidad en que se registran, se desconoce cuántos abortos hay en el estado de Guanajuato, sólo se sabe de aquellos en que la mujer muere o que al producto lo encuentran tirado./





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