La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) hace un llamado para todo negocio que expenda cualquier producto que se pese, se mida en kilogramos, gramos, litros o en tiempo, como relojes checadores de los estacionamientos, correspondiente al segundo periodo del año, entre el 1 de julio al 30 de septiembre.
Dicha calibración es obligatoria y de no cumplir con ella las multas pueden ir desde los 3 mil 200 hasta los 434 mil pesos por no calibrar, al realizarlo se obtendrá el Sello Amarillo de Profeco, el cual garantizará a los consumidores transparencia en las transacciones comerciales.
Entre los tipos de comercios que deben calibrar se encuentran gasolineras, mercados, tiendas de autoservicio, aerolíneas, empresas de transporte, tortillerías, tiendas de abarrotes y estacionamientos.