El Instituto Nacional Electoral (INE) informó que, a partir del 4 de febrero y hasta el 10 de abril, conforme a lo establecido en la Constitución y la Ley, quedó prohibido difundir propaganda gubernamental sobre la Revocación de Mandato.
Esta prohibición ordenada por el Poder Legislativo en la normativa de la Revocación de Mandato es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)
Además, ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la Revocación de Mandato.
Conforme a esta base normativa el INE, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, podría conocer sobre cualquier irregularidad para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes; sin embargo, será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.