En cinco estados de la república les permiten a las parejas adoptantes devolver a los niños.
Esos estados son Campeche, Jalisco, Sonora, Guerrero y Guanajuato y la ley contempla que cuando los menores no cumplen con las características esperadas por las parejas regresar a las niñas y niños al DIF.
Esto resulta cruel al nivel de que la adopción se puede desestimar como si se tratara la devolución de un producto comprado en internet.
Los fundamentos para regresar a los menores al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, son porque son tímidos o porque sufrieron de abandono, abuso sexual o violación sexual y esto los dejo con profundos traumas o porque padecen enfermedades alguna discapacidad o hasta por el color de piel.
A estas adopciones en los cinco estados se les llama adopciones simples revocables esto atenta contra los derechos de los infantes, los revictimiza y les causa daños emocionales irreversibles.
Las parejas adoptantes llegan a los sistemas DIF con una serie de exigencias que solo muestran egoísmo y superficialidad, pues exigen tener hijos adoptados con características físicas y sicológicas, o los desean para llenar pérdidas de sus hijos.
Es por eso que el 9 de abril la Procuraduría Federal de Protección de NNA promovió cinco juicios de amparo en contra de los Congresos de Campeche, Jalisco, Sonora, Guerrero y Guanajuato con respecto a la existencia de la adopción simple.