Son cuatro días el plazo que los candidatos a cargos de elección popular tienen después de la presentación de los resultados oficiales, para poder manifestar una inconformidad respecto a documentaciones, conteo de votos o al proceso de cómputo de los datos, lo que puede dar paso a un proceso de impugnación de una elección.
El Consejero Presidente de Distrito XIX, Rodrigo Ernesto Calza Pérez; señala que este es un proceso largo, que inicia con presentar una documentación en la Concejalía Municipal o Distrital, donde el candidato al no verse favorecido puede continuar el caso en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca.
Si el candidato no está de acuerdo con el dictamen, puede continuar la cadena impugnativa, en el caso de Oaxaca, sería ante la Tercera Circunscripción Plurinominal, con cabecera en Xalapa Veracruz, y como última instancia es la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyo fallo es inapelable.
Es un proceso que inicia con una inconformidad local, hasta el momento no se presenta tal situación en la Región del Istmo.