Por reforma a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, el tránsito de todos los vehículos por vía federales deberán contar con seguro de daños a terceros, sean bienes y/o personas. Y de no acatar la disposición, se multará con veinte a cuarenta días de salario mínimo vigente. Para cancelar la infracción, el propietario del vehículo contará con 45 días para contratar el seguro correspondiente, el cual puede superar la cobertura que se exige por ley. En caso de reincidencia, la multa equivaldrá al doble. Cabe recordar que, a nivel estatal, el Reglamento de la Ley de Transporte para el estado de BCS también marca como obligatoria la portación de seguro de responsabilidad civil.