En conferencia de prensa miembros del colectivo ambientalista "!AquíNo!" dieron a conocer que particulares interpusieron una denuncia penal el pasado 23 de noviembre ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) en contra de particulares por ocupación, uso, relleno y construcción de edificación en zona federal marítima, terrestre sin contar con concesión correspondiente.
Gerardo Peña, miembro del colectivo ambientalista, denunció que con escrituras apócrifas Gas y Petroquímica de Occidente, S.A DE C.V. (GOP) empezó a conseguir documentos irregulares como el plano del deslinde oficial del terreno donde se pretende construir el proyecto, plano que aseguró es ilegal y fue expedido por el Ayuntamiento de Ahome a través de la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente autorizado por su titular Gregorio Molina German durante la administración de Arturo Duarte García.
"La ubicación del terreno es ilegal porque están en zona federal, ellos tienen escrituras públicas de la zona federal cosa que no puede ser, son escrituras apócrifas, cómo las lograron, pues a través de un notario las protocolizaron y luego la empresa las compró".
Explicó que en el plano se omitió la delimitación de la zona federal de la bahía y del estero, lo cual denunció es completamente ilegal, señaló que fue hecho así para que SEMARNAT en México pensara que el proyecto se ubicaría en un terreno baldío, es por eso que aseguró, omitieron ponerle esas referencias y sin ellas se convierte en un plano ilegal.
Entonces es así dijo, como GPO mediante escrituras apócrifas con registros ilegales consiguió permisos ante SEMARNAT que también son ilegales.
"Entonces lo que hizo SEMARNAT también es ilegal, porque les dice te otorgo el permiso porque no vas a remover mangle, no vas a rellenar y no vas a construir".
En dicha demanda piden iniciar un proceso judicial en contra del responsable o los responsables para exigir la reparación del daño ambiental ocasionado, o su compensación , en caso de que la reparación sea imposible, conforme a lo dispuesto por el articulo 3 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
En caso de encontrar hechos constitutivos de algún delito, se turne a la Fiscalía General de la República , a fin de iniciar las actuaciones legales correspondientes.
La SEMARNAT tendrá que contestar en 10 días de acuerdo a la Ley, de lo contrario, incurrirá en omisión, y el segundo paso sería recurrir al amparo por omisión para obligarlos actuar en consecuencia, expresaron miembros del colectivo ambientalista "!AquíNo!".