De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe pagarse a los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año.
Sin embargo, algunos trabajadores reportan que siguen sin recibir esta prestación e incluso, hay quienes declaran que la empresa para la que laboran se niega a darles este recurso que por derecho les corresponde.
En este sentido, Juan Francisco López Orduño, titular de la Dirección de Trabajo y Previsión Social, explicó que toda persona que haya laborado mínimamente 2 meses en el año, le corresponde un pago proporcional de aguinaldo en atención de los días trabajados.
Asimismo, exhortó a las empresas a cumplir con esta prestación antes de la fecha límite, enfatizando que esto es una obligación ineludible y no debe prestarse a consideración del encargado de la empresa, sino que debe pagarse sin discusiones de por medio.