Hasta 60 quejas interponen los ciudadanos en la Secretaría de Trabajo y Previsión Social al año en Michoacán por no recibir el aguinaldo de fin de año o por cantidades menores a las correspondientes de acuerdo al tiempo que llevan laborando en la empresa. Yunuen Mejía Béjar, subsecretaria de la dependencia aseguró que cada vez van a la baja, pero aun así las complicaciones y dudas a la hora de sacar los cálculos persisten.
Puntualizó que hay desinformación en torno al tema, ya que no se sabe cómo realizar las proporciones para conocer el monto que su empleador les tiene que brindar por ley. Sin embargo, pese a esta situación, en el pasado 2023 solo se recabaron 25 de estas quejas.
Invitó a la población que tenga dudas sobre el recurso que se les tiene que otorgar, que acudan a la dependencia en donde el personal les ayudará a sacar el cálculo y explicar de manera detallada cómo hacerlo para futuras situaciones.
Al finalizar el año, los trabajadores en México tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Inicialmente, el aguinaldo era solo una gratificación que algunos patrones otorgaban voluntariamente a los empleados para la celebración de las fiestas navideñas. Sin embargo, el beneficio se convirtió en una prestación laboral a partir de 1970 y desde entonces se han establecido las pautas para su disposición.
En el caso de los trabajadores del sector privado, la legislación contempla un aguinaldo equivalente a por lo menos 15 días de salario, el cual debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. Para los servidores públicos, esta prestación es de mínimo 40 días, y la norma contempla la posibilidad de que se liquide en dos partes: la mitad antes del 15 de diciembre y la otra mitad, antes del 15 de enero.