Mediante un comunicado, se dio a conocer que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, notificó a 2 familias víctimas del atentado con granadas de fragmentación el 15 de septiembre del 2008, en Morelia, las resoluciones en favor de la compensación subsidiaria.
Ello se da en cumplimiento a la resolución emitida dentro del juicio de amparo, por el Juzgado en materia administrativa con sede en la Ciudad de México.
Con estas resoluciones se reconoce el derecho de 5 víctimas directas y sus víctimas indirectas a ser compensadas económicamente por los daños sufridos.
Esto después de un proceso de 3 años desde que obtuvieron la calidad de víctimas y solicitaron se les otorgara esta compensación.
Es importante señalar que estas compensaciones se otorgan a las víctimas del delito cuando quien y/o quienes cometieron el delito en su contra se encuentren sustraídos de la acción de la justicia, haya muerto o no se cuente con datos con los que se pueda identificar al responsable.
Es decir, es obligación del Estado, hacerse cargo de la compensación, al no poder otorgar justicia a las personas afectadas y con ello que quien y/o quienes cometieron el delito en su contra les repare el daño causado.